REPSE
Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas
¿EN QUÉ CONSISTE LA REFORMA A LA LEY DEL OUTSOURCING?
- Prohibir la subcontratación de personal. El proceso por el cual una persona física o moral proporciona trabajadores propios en beneficio de otra empresa quedaría prohibido.
- Servicios especializados y obras especializadas. No se consideraría subcontratación de personal la prestación de servicios o ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la empresa beneficiaria.
- Contratos y autorizaciones. Los servicios especializados deberán formalizarse mediante contrato por escrito. Además, deberán contar con autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
- Responsables solidarios. En caso de que el prestador de servicios especializados incumpla con las obligaciones para con sus trabajadores, la empresa contratante del servicio será responsable solidario.
- Se podrían establecer multas de entre 2.000 a 50.000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Estas sanciones se destinarán a quien preste un servicio de subcontratación o servicios especializados sin la autorización correspondiente. También serán sancionados los beneficiarios del servicio.
REQUISITOS
- Alineación de actividades de subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas ante el SAT.
- Contrato comercial en términos del artículo 14.o LFT.
- Contar previamente con el registro ante la STPS, para prestar este tipo de servicios especializado (REPSE).
- Alta ante el IMSS.
- Alineación de actividades ante el IMSS.
- Informe cuatrimestral al IMSS: Presentar a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, respecto a la información de los contratos celebrados.
- Informe cuatrimestral al Infonavit: Presentar a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, respecto a la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate.
¿QUÉ SE NECESITA PARA CUMPLIR CON LA NUEVA LEY LABORAL DE OURSOURCING?
Autorización como empresa de servicio especializado |
LISR |
Artículo 27 fracción V |
Copia de los CFDI´s Nómina |
LISR |
Artículo 27 fracción V |
Pago de la declaración ISR por sueldos y salarios |
LISR |
Artículo 27 fracción V |
Liquidaciones Seguro Social e Infonavit |
LISR |
Artículo 27 fracción V |
Copia declaración IVA y acuse de recibo de pago |
LIVA |
Art. 5 fracción II |
Tenga en cuenta que:
Subcontratar servicios especializados, sin cumplir con los requisitos establecidos, producirá los mismos efectos que utilizar el esquema de subcontratación laboral, prohibido a partir de la reforma.
El artículo 15.o-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) señala que la persona física o moral que contrate la prestación de servicios o ejecución de obra con otra persona física o moral que incumpla las obligaciones en materia de seguridad social, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para ejecutar dichas contrataciones.
Nosotros cumplimos al 100% con todos los requisitos y obligaciones.